¿Qué es el Reconocimiento del Grado de Discapacidad?

Es un documento oficial que acredita la condición legal de persona con discapacidad, a la que se concede un grado de discapacidad concreto (expresado en porcentaje).

La discapacidad se reconoce a partir de un grado del 33%.

El grado de discapacidad depende en gran medida de la afectación de la enfermedad, es decir, no todas las personas van a tener un grado de discapacidad estándar reconocido.

¿Qué beneficios tiene una persona con discapacidad del 33%?

La persona que acredite un mínimo del 33% de discapacidad podrá beneficiarse de:

  • Desgravación de la renta familiar
  • Reducción del IRPF para personas trabajadoras con discapacidad
  • Descuentos en ocio y cultura
  • Descuentos en algunos transportes públicos
  • Ayudas para formación y empleo
  • Reducciones de impuestos (como en el caso de comprar un vehículo: la persona con certificado de discapacidad con movilidad reducida está exenta de pagar el impuesto de nueva matriculación y de circulación). Lo puedes solicitar en tu Ayuntamiento.
  • Exención de matrícula en las Universidades, exención de tasas de la EBAU, exención de tasas en los títulos.
  • Subsidio o compensación de los gastos en transporte público
  • Reserva de plazas en universidades.
  • Acceso a la teleasistencia para el cuidado personal

Asimismo, las personas que tienen reconocido un grado de discapacidad superior al 65%, cuentan con los beneficios mencionados, y los siguientes: 

  • Posibilidad de jubilación anticipada sin reducir la pensión
  • Si el grado de discapacidad supera el 75%, entonces la pensión incrementa un 50%
  • Descuentos en trenes, tanto para el beneficiado, como para su acompañante

Para personas con movilidad reducida:

  • Solicitud de la tarjeta especial de aparcamiento
  • Ayudas para la adquisición y/o adaptación de un vehículo para discapacitados.

¿Qué documentación necesito?

  • Solicitud de reconocimiento (descargar modelo)
  • D.N.I. de la persona interesada o documento acreditativo de su identidad si es extranjero
  • D.N.I. del representante legal, en su caso, y documento acreditativo de la representación
  • Informes médicos, psicológicos y/o sociales que acrediten el diagnóstico
  • Representación voluntaria (descargar modelo)
¡MUY IMPORTANTE! LLEVA TODOS LOS INFORMES MÉDICOS QUE TENGAS, aunque sean informes de urgencias.

¿Dónde se presenta la solicitud?

De forma presencial

  • En el registro de la Gerencia de Servicios Sociales (en León está en la Calle Colón nº 19)
  • En el registro de la Junta de Castilla y León (en León está en la Avenida Peregrinos, s/n, en la planta baja)

De forma electrónica*

*Requiere certificados electrónicos y disponer de toda la documentación en pdf para adjuntarla a la solicitud electrónica

¿Cuánto tiempo tardan en darme respuesta?

El plazo de resolución es de 3 meses con notificación a la persona solicitante (vía postal o a través del correo electrónico que conste en la solicitud).

En caso de no recibir respuesta o querer conocer el estado de la valoración, hay que llamar al 012 (tiene coste) o en el 983 32 78 50

Si pasado ese tiempo no recibe ningún tipo de respuesta, la solicitud se da por desestimada.

Para más información, pulse aquí para acceder a la página de la Junta de Castilla y León o llame al 012  o al 983 32 78 50

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no dudes en contactar con ALER.
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