SOLICITA LA DISCAPACIDAD

¿Qué es el Reconocimiento del grado de discapacidad?

Es un documento oficial que acredita la condición legal de persona con discapacidad, a la que se concede un grado de discapacidad concreto (expresado en porcentaje). 

La discapacidad se reconoce a partir de un grado del 33%.

El grado de discapacidad depende en gran medida de la afectación de la enfermedad nuestra o de nuestros hijos, es decir, no todos van a tener un grado de discapacidad estándar reconocido.

Plazo de resolución: 3 meses, últimamente están tardando bastante más. 

¿Qué beneficios tiene una persona con  discapacidad del 33%?

La persona que acredite un mínimo del 33% de discapacidad podrá beneficiarse de la desgravación de la renta familiar, la reducción del IRPF para personas trabajadoras con discapacidad y deducciones en la adquisición de la vivienda y los planes de pensiones.

-Descuentos en ocio y cultura.

  • Descuentos en algunos transportes. 
  • Ayudas para formación y empleo.
  • Reducciones de impuestos (como en el caso de comprar un vehículo: la persona con certificado de discapacidad con movilidad reducida está exenta de pagar el impuesto de nueva matriculación y de circulación). Se solicita en el Ayuntamiento dónde vivas.
  • Exención de matrícula en las Universidades, exención de tasas de la Ebau, exención de tasas en los títulos.
  • Subsidio o compensación de los gastos en transporte público.
  • Reserva de plazas en universidades.
  • Acceso a la teleasistencia para el cuidado personal, si es necesario
¿Qué documentos necesito?

DOCUMENTACIÓN:

  • D.N.I. del interesado o documento acreditativo de su identidad si es extranjero;
  • D.N.I. del representante legal, en su caso, y documento acreditativo de la representación;
  • Informes médicos, psicológicos y/o sociales que acrediten el diagnóstico.

 

*****MUY IMPORTANTE- LLEVA TODOS LOS INFORMES MÉDICOS QUE TENGAS, aunque sean informes de urgencias.

Asimismo, las personas que sufren de un grado de discapacidad mayor al 65%, cuentan con los beneficios mencionados, y los siguientes: 

    • Posibilidad de jubilación anticipada sin reducir la pensión.
    • Si el grado de discapacidad supera el 75%, entonces la pensión incrementa un 50%.
    • Descuentos en trenes, tanto para el beneficiado, como para su acompañante.
  • Para personas con movilidad reducida
    • Solicitud de la tarjeta especial de aparcamiento.
    • Ayudas para la adquisición y/o adaptación de un vehículo para discapacitados.
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